Escrituras Publicas

¿Es necesario un abogado para realizar un trabajo en la Notaría?

Según el artículo 413 del Código Orgánico de Tribunales, se requiere la presentación de una minuta firmada por algún abogado para la celebración de los siguientes contratos: constitución, modificación, resciliación y liquidación de sociedades, de sociedades conyugales, partición de bienes, escrituras constitutivas de personalidad jurídica de asociaciones de canalistas, cooperativas, contratos de transacciones y contratos de emisión de bonos de sociedades anónimas.
El resto de los contratos pueden ser redactados en la Notaría a solicitud y bajo las instrucciones de los comparecientes, sin perjuicio de lo cual, siempre es recomendable contar con la asesoría y/o asistencia de un abogado.

Requisitos para otorgar un Mandato General.

– Presentación con cédula de identidad vigente de la persona mayor de edad que otorga el mandato general. Si el mandante es una empresa o persona jurídica, deberá(n) acompañarse la(s) escritura(s) o certificado(s) donde consta la personería de su representante.
– Si también se otorgan facultades de disposición respecto de bienes determinados, deberá acreditar el dominio de ellos como corresponda.

Requisitos para otorgar un Mandato Especial.

– Presentación con cédula de identidad vigente de la persona mayor de edad que otorga el mandato especial. Si el mandante es una empresa o persona jurídica, deberá(n) acompañarse las(s) escritura(s) o certificado(s) donde conste la personería de su representante.
– Si en el mandato especial se otorga facultad para disposición de bienes determinados, deberá acreditarse el dominio de ellos como corresponda.

Requisitos para otorgar un Mandato Judicial.

– Presentación con cédula de identidad vigente de la persona mayor de edad que otorga el mandato judicial. Si el mandante es una empresa o persona jurídica, deberá(n) acompañarse la(s) escritura(s) o certificado(s) donde conste la personería de su representante.
– Minuta redactada por abogado

Requisitos para Autorización de Viaje.

Presentarse padre y madre con su cédula de identidad al día y certificado de nacimiento del menor, cuando los menores salgan con una persona distinta a ellos. En caso de que el menor salga fuera del país con la madre, es el padre quien otorga la autorización con los requisitos indicados en el párrafo anterior, y si el menor sale con el padre, es la madre la que otorga la autorización con los requisitos indicados en este punto.

Requisitos para Autorización fijar domicilio comercial.

Debe presentarse con la cédula de identidad al día, y ser mayor de 18 años. Si el dueño de la propiedad fuere una persona jurídica, el representante deberá además traer el Rut de la Empresa y la escritura por la cual consta su personería para representarla, con vigencia.

Requisitos para Transferencia de un bien raíz.

1.- Presentación con cédula de identidad vigente de las partes mayores de edad compradora y vendedora. Si las partes son empresas o personas jurídicas deberán acompañarse la(s) escritura(s) o certificado(s) donde consta la personería de su representante.
2.- Copia autorizada de la escritura pública que originó el título de dominio vigente
3.- Copia autorizada con vigencia de la inscripción de dominio vigente (máximo 30 días desde su emisión).
4.- Certificado de Hipotecas y Gravámenes del inmueble (máximo 30 días desde su emisión).
5.- Certificado de deuda o de exención de pago de contribuciones a los bienes raíces.
6.- Certificado de no expropiación Serviu y de la Municipalidad respectiva.
7.- Certificado de matrimonio o de acuerdo de unión civil de las partes, si procediere.
Los requisitos señalados son sin perjuicio de los demás documentos que se requieran conforme se determine en la revisión de los antecedentes.

Documentos Privados

Autorizaciones para salida del país de menores de edad.

Requisitos (alternativas 1 o 2):
1.- Presentación con cédula de identidad vigente de los padres del menor de edad junto con su certificado de nacimiento del menor (para salida del país con un tercero).
2.- Presentación con cédula de identidad vigente del padre o madre del menor de edad junto con el certificado de nacimiento del menor (para salida del país con uno de los padres).
Si la autorización de salida la da un tutor/curador o quien detente el cuidado personal del menos, deberá acreditarse dicha situación y cumplir con los requisitos y autorizaciones que correspondan.

Requisitos para carta poder.

1.- Presentación con cédula de identidad vigente de la persona mayor de edad que otorga el poder. Si la persona que da el poder es persona jurídica, deberá presentar además el Rut de la empresa y la(s) escrituras y/o certificados que acrediten la personería de quien la representa.

Requisitos para Compraventa de vehículos motorizados.

1.- Presentación con cédula de identidad vigente de los comparecientes mayores de edad a la venta (vendedor/comprador), acreditando su(s) personería(s) como corresponda si las partes fueren empresas o personas jurídicas.
2.- Certificado de anotaciones vigentes expedido el mismo día en que se efectúa la compraventa
3.- Certificado de multas de tránsito expedido el mismo día de la compraventa.
4.- Último permiso de circulación pagado.
5.- Pagar el impuesto a la transferencia ascendente al 1.5% del precio de venta.
6.- No tener las partes inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias, pues en caso contrario (que tengan inscripción vigente) se deben retener los montos correspondientes del precio de venta.
Los anteriores requisitos son sin perjuicio de otros antecedentes o documentos que se requirieren en el caso concreto, conforme lo arroje la revisión de los antecedentes presentados. Para conocer más detalles de este servicio, por favor contáctenos.

Contrato de Arrendamiento (celebración, modificación o término).

1.- Presentación con cédula de identidad vigente de los comparecientes mayores de edad del arrendamiento (arrendador/arrendatario), acreditando su(s) personería(s) como corresponda si las partes son empresas o personas jurídicas.

2.- El arrendador debe presentar un certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo de no más de 60 días de antigüedad desde su emisión. Si el arrendador es a su vez un arrendatario, deberá presentar el contrato de arrendamiento que lo faculte para subarrendar.

Declaraciones Juradas.

1.- Presentación con cédula de identidad vigente de la persona mayor de edad que hace la declaración. Si el declarante es una empresa o persona jurídica, deberá(n) acompañarse la(s) escritura(s) o certificados(s) donde conste la personería de su representante.
El requisito mencionado es sin perjuicio de acompañar antecedentes adicionales conexos a la declaración.

Finiquitos Laborales.

1.- Presentación con cédula de identidad vigente de el(la) trabajador(a).
2.- Tres ejemplares del finiquito extendido por el empleador.
3.- Acreditar el pago de las cotizaciones previsionales del trabajador por el tiempo trabajado hasta el último día del mes anterior. No es necesario acreditar dicho pago en el caso que el contrato de trabajo termine por las causales mencionadas en los N°s 1, 2 y 3 del artículo 159 del Código del Trabajo (mutuo acuerdo, renuncia y muerte, respectivamente).
4.- Acompañar las 3 últimas liquidaciones de sueldo
5.- Incluir en el finiquito una cláusula que declare que el empleador no ha sido notificado  de resolución judicial que ordene la retención judicial de sus remuneraciones por concepto de pensión de alimentos. En el caso que sí exista retención judicial de alimentos, deberá constar  la retención del pago de las sumas que correspondan conforme a la ley.

Reglas especiales:

1.- En el caso de que la causal de terminación del contrato sea necesidades de la empresa y el pago de la indemnización por años de servicio y mes de aviso previo se pacte en cuotas, deberán consignarse los reajustes e intereses del período y ratificar el finiquito ante la Inspección del Trabajo respectiva.
2.- Si el finiquito corresponde a un trabajador menor de edad, el mismo debe ser ratificado por el menor de edad y la persona que le otorgó la autorización para trabajar.
3.- Si se trata de un trabajador fallecido y el empleador adeuda remuneraciones al trabajador fallecido, éstas se deben pagar a la persona que se hizo cargo de sus funerales, hasta la concurrencia del costo de los mismos, lo que deberá ser acreditado con los documentos respectivos. Si queda un saldo después de haberse efectuado el pago señalado y solamente tratándose de montos que no exceden a cinco unidades tributarias anuales, el empleador debe pagarlo al cónyuge o conviviente civil, a los hijos o a los padres del fallecido, uno a falta de otros, en el orden en que se ha indicado, debiendo para ello acreditarse el estado civil correspondiente.

Salvoconductos.

Según la Ley N°20.277, el Salvoconducto o declaración jurada de mudanza, es un documento emitido por las notarías para todas aquellas personas que requieran mudarse. Este documento autoriza el libre tránsito de los bienes muebles ante fiscalizaciones de Carabineros, siendo el único documento válido para cambiarse de domicilio. En él se deja constancia tanto del domicilio que se abandona y del domicilio que será su nueva residencia y eventuales autorizaciones de terceros, como en el caso de arrendatarios, para abandonar dicho domicilio.

Requisitos:
Para arrendatarios:

1.- Presentación con cédula de identidad vigente del arrendatario del inmueble. Si el arrendatario es una empresa o persona jurídica, deberá acompañar la(s) escritura(s) o certificado(s) donde conste la personería de su representante.
2.- Poder simple del propietario del inmueble que se deja autorizando la mudanza. Si el contrato de arriendo no se autorizó ante notario, el poder deberá autorizarse ante notario. Puede también el dueño apersonarse en la notaría acreditando su calidad de dueño.
3.- Contrato de arrendamiento en copia autorizada u original.
4.- Comprobantes de pago del último mes de arriendo, cuentas básicas y de los gastos de comunes al día.

Para propietarios:
1.- Cualquier documento que acredite el dominio del inmueble que está dejando (certificado de dominio vigente, copia de inscripción, copia de escritura, etc.)

Mandatos especiales para compraventa de vehículos motorizados.

1.- Presentación con cédula de identidad vigente de la persona mayor de edad que da el poder para vender/comprar el vehículo. Si la persona que vende/compra es empresa o persona jurídica deberá acompañar el Rut de la misma y copia(s) autorizada(s) de la(s) escritura(s) o certificado(s) que acrediten la personería de quien la representa.
2.- Certificado de anotaciones vigentes del mismo día que se otorga el poder.

Scroll al inicio